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    Auto Supremo AS/0356/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0356/2015

    Fecha: 20-May-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
    • Acusa la vulneración del art
    • Manifiesta que, de la revisión del Auto de Vista impugnado el Ad quem en el
    • Al respecto la Disposición Abrogatoria única de la Constitución Política del Estado abroga su analogía
    • Señala que, las objeciones al Auto motivado versan sobre la prescripción y a ese efecto
    • Manifiesta que, en virtud de que ni el Ad quem ni el A quo
    • Que, el Decreto Supremo (DS) N° 27066, art
    • Que, la fiscalización de aportes devengados al Seguro Social a largo plazo del Sistema de
    • Manifiesta ser necesaria la indicación de las modificaciones en el ordenamiento jurídico en materia de
    • Refiere que, el art
    • Que, el art
    • Que, posteriormente del Instructivo N° 01/98 III
    • A continuación transcribe el art
    • Que, el término de la prescripción “…se interpone por una demanda coactiva o cualquier acto
    • Que, la recuperación de aportes devengados es una acción que debe cumplirse por el SENASIR
    • Refiere que, la finalidad de la recuperación de aportes está establecido en el art
    • Que, el Código de Seguridad Social en su Título VI, Capítulo V, instituye la prescripción
    • En otro apartado (III
    • Manifiesta que, tomando en cuenta los antecedentes jurídicos señalados, la prescripción se interrumpe por haberse
    • Concluyó su recurso, señalando que conforme los antecedentes de hecho y de derecho interpone recurso
    • CONSIDERANDO II
    • Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
    • Remitiéndonos a los fundamentos expuestos supra corresponde señalar que la nulidad por la nulidad no
    • La controversia central traída por el recurrente se circunscribe a establecer si en el caso
    • En el propósito anterior conviene partir de los fundamentos del Tribunal de apelación con los
    • Sobre el particular, se debe precisar en principio que el caso trata sobre la prescripción
    • Así entonces convendrá previamente que los aportes que se pretenden cobrar en el caso de
    • Asimismo, el DL Nº 13214 de 24 de diciembre de 1975, estableció en su art
    • Por su parte, el DL Nº 18494 de 13 de julio de 1981, mediante su
    • El art
    • Así entonces, si bien el art
    • Asimismo, corresponde recordar el correcto entendimiento que debe otorgarse a lo establecido al respecto por
    • Toda vez que conforme a lo dispuesto por el parágrafo IV de su art
    • En ese sentido, se tiene que la prescriptibilidad de los aportes a la seguridad social
    • En la especie, en relación a lo señalado, se advierte que habiéndose interrumpido el cómputo
    • Más aún si conforme a la SC 0221/2004-R de 12 de febrero, “…la obligación de
    • Así entonces, este Tribunal considera que los de instancia aplicaron con error el instituto de
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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