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    Auto Supremo AS/0439/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0439/2015

    Fecha: 22-Jun-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
    • Interpuesto el recurso de apelación, de fs
    • Resolución que motivó que los coactivados, mediante memorial de fs
    • Auto de complementación y enmienda de 27 de octubre de 2010 de fs
    • Dicha resolución motivó que Roberto Adhemar Pérez Tellería, Ex Comandante General de la Policía Nacional
    • Por otra parte, señaló violación de la forma procesal; manifestando que, al haberse solicitado la
    • Asimismo, el Auto de Vista recurrido, se ha pronunciado más allá de lo pedido; puesto
    • Finalmente, acusó que el Auto de Vista, ha violado los principios de congruencia y exhaustividad,
    • II. 4. Petitorio
    • Por lo señalado, en relación al recurrió de casación en el fondo, señaló que conforme
    • En relación al recurso de casación en la forma, solicitó al Tribunal Supremo de Justicia,
    • Que así interpuesto el recurso de casación en el fondo y en la forma, la
    • La problemática central traída a casación en la forma, está referida a que el Tribunal
    • Con carácter previo al análisis y consideración del recurso de casación en la forma y
    • Se debe precisar que, la revisión de oficio no debe ser entendida como una potestad
    • b) A solicitud de parte
    • En ese contexto, en el caso concreto, existe la solicitud de parte sobre la nulidad
    • Partiendo de dichos principios y conceptos, debe precisarse que no todo vicio procesal por sí
    • Por su parte, el art
    • Por otra parte, el Tribunal de Alzada al constituirse en un Juez de conocimiento y
    • Con relación a la motivación de las resoluciones judiciales, es necesario reiterar que, dichos elementos
    • En la misma línea la SC Nº 1684/2010-R de 25 de octubre, refrendó: “La exigencia
    • En ese entendimiento jurisprudencial, analizada la problemática en el caso concreto y de la revisión
    • De lo precedentemente señalado, los antecedentes del proceso y de la lectura de la resolución
    • De lo precedentemente expuesto, se advierte que el Tribunal de Alzada para pronunciar el Auto
    • A lo señalado, finalmente se debe añadir que, los vicios procesales evidenciados constituyen un defecto
    • Por los argumentos expuestos, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts
    • Conforme al art
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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