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    Auto Supremo AS/0322/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0322/2015-RA-L

    Fecha: 06-Jul-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 28 de mayo de 2010, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificado el recurrente Adolfo Silva Cabrera con el mencionado Auto de Vista el 27
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Refiere que el Auto de Vista, con un análisis contrario al Auto Supremo 214
    • 3) Señala que la Sentencia expresa lo contrario a lo establecido en el Auto Supremo
    • 5) Refiere que por la prueba judicializada se tiene que el empleado dice que
    • 6) El Auto de Vista vulnera las disposiciones contenidas en el art
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Denuncia respecto a la valoración de la prueba
    • En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
    • En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
    • Respecto al primer motivo en el cual se aduce contradicción de la Sentencia con el
    • En lo que concierne al segundo motivo, que denuncia una posible contradicción en que hubiere
    • Sobre la defectuosa valoración probatoria cometida por el A quo y que fue convalidada por
    • La falta de fundamentación del Auto de Vista alegada en el quinto motivo respecto a
    • Respecto al sexto motivo, entendiéndose que existiría una errónea aplicación de la ley sustantiva por
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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