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    Auto Supremo AS/0459/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0459/2015

    Fecha: 01-Jul-2015

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    • CONSIDERANDO I
    • En grado de apelación deducida por Rosendo Grover Jaldín Mejía en representación legal de la
    • La resolución de segunda instancia, motivó que Rosendo Grover Jaldín Mejía en representación legal de
    • Señala que, en el proceso se demostró el pago al actor del salario por el
    • Jimmy Montaño Pérez, en la contestación al recurso de casación manifiesta que fue despedido intempestivamente
    • Planteado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los antecedentes del
    • Sobre la anterior comprensión es pertinente señalar que el principio de inversión de la prueba,
    • De principio corresponde precisar que el art
    • En virtud de lo anterior, es evidente que en la especie el despido fue injustificado,
    • La constante en la argumentación del recurrente, se apoya en supuestos desaciertos y malos manejos
    • En similar sentido el recurrente afirma que el retiro del demandante no fue intempestivo sino
    • Asimismo, el principio proteccionista a favor del trabajador ésta garantizado en el art
    • Ahora bien, es preciso tener presente que por mandato del art
    • Por otro lado, la parte recurrente pretende en esta instancia casacional la valoración de la
    • Por los fundamentos expuestos se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas por la entidad
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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