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    Auto Supremo AS/0526/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0526/2015

    Fecha: 10-Jul-2015

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    • y
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra la referida Sentencia, la Rufino Quispe Persona, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
    • En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Tercera de la entonces Corte Superior del
    • Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, interpuesto por Rufino Quispe
    • CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • Acusa que en el caso de autos, no existe causa o motivo ilícito, puesto que
    • Denuncia que los jueces de instancia se excedieron en sus funciones, por haber valorado cuestiones
    • Aduce que el Auto de Vista al confirmar la Sentencia incurrió en errónea interpretación y
    • Refiere que no existe prueba fehaciente, contundente por la cual el Juez A quo como
    • Denuncia la errónea aplicación del art
    • Haciendo referencia al art
    • Acusa que la Escritura Pública que fue anulada por los de instancia y que cursa
    • Por las razones expuestas solicita casar el Auto de Vista recurrido declarando improbada la demanda
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA
    • En base a lo señalado corresponde realizar las siguientes consideraciones
    • De lo expuesto se advierte que los artículos en los cuales la parte actora
    • De lo señalado y toda vez que el contrato y la Escritura Pública (documento de
    • De lo expuesto y en razón a que la parte actora durante la tramitación del
    • Asimismo, corresponde señalar que si bien el protocolo antes citado no lleva las exigencias establecidas
    • Con relación a la respuesta del recurso de casación, en el que la parte actora
    • Consiguientemente, en virtud a lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa a los vocales suscriptores del Auto
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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