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    Auto Supremo AS/0592/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0592/2015-L

    Fecha: 28-Jul-2015

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    • El Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa
    • CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • En más refiere que Humberto Roca Leigue no ha opuesto excepción alguna como persona jurídica
    • Agrega que en la demanda principal, clara y contundentemente ha explicado que el demandado, es
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    • Bajo esa falsa apreciación y sin fundamento legal de ninguna naturaleza confirman el Auto apelado
    • Aclara y recalca, lo explicado en su demanda principal, que entre comprador (que es su
    • Es ahí donde nace la confusión total en su contra, pues al parecer Humberto Roca
    • Ahora bien, si realmente la autoridad cree que no tiene personería para ser demandado, pues
    • Bajo estos aspectos legales y parámetros establecidos por el Tribunal Constitucional, ha pedido las diferentes
    • En este sentido, siendo este un Auto de carácter definitivo, amparado en lo previsto por
    • En atención al recurso de “casación” interpuesto, en relación a los antecedentes del proceso, corresponde
    • Asimismo, el art
    • Igualmente, resulta pertinente resaltar lo previsto en el art
    • Por consiguiente, en mérito a lo precedentemente examinado se concluye que el Ad quem debió
    • Por lo referido, y bajo el marco legal señalado, corresponde fallar en la forma prevista
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se llama severamente la atención al Ad quem, por no haber dado cumplimiento a lo
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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