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    Auto Supremo AS/0682/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0682/2015-L

    Fecha: 14-Ago-2015

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    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I:
    • CONSIDERANDO II:
    • Luego de exponer los antecedentes de la presente causa y realizar el análisis de la
    • - Artículo 519 del Código Civil; que establece claramente que el contrato es ley entre
    • - Artículo 572 del Código Civil; que establece la excepción de incumplimiento “non adimpleti contractus”
    • - Artículo 569 del Código Civil; que otorga a las partes la facultad de pactar
    • - Artículo 623 Prg
    • - Artículo 636 Prg
    • - Artículos 1289 y 1297 del Código Civil; que hace referencia a la fuerza probatoria
    • - Artículo 1321 del Código Civil; que otorga a la confesión la fuerza probatoria necesaria
    • - Artículos 1327 y 1330 del Código Civil; que otorga la admisibilidad y eficacia jurídica
    • - Artículos 1331 y 1333 del Código Civil; que también establece la eficacia de la
    • - Artículos 1286 del Código Civil y 397 del Código de Procedimiento Civil; que establece
    • - Artículos 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil; que estipula claramente que las
    • Finalmente hace referencia a la jurisprudencia, a las Sentencias Constitucionales Nº 0002/2004 de fecha 14
    • Por lo expuesto, y al amparo de los arts
    • Recurso de casación en el fondo de Alberto Alejandro Rallin Talice
    • Por lo que solicita concederle el recurso de casación en el fondo, para que éste
    • Sobre su denuncia genérica de vulneración de sus derechos por un incongruente e incomprensible Auto
    • En atención a la naturaleza del error que motiva el recurso de casación, éste puede
    • Entre los requisitos intrínsecos del recurso de casación en el fondo, se encuentra la motivación
    • Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por errores en la
    • En esa relación, en ningún caso un motivo de casación en la forma dará lugar
    • De donde se concluye que la parte recurrente ha inobservado los requisitos exigidos por los
    • En consecuencia corresponde a éste Tribunal fallar de conformidad a los arts
    • 2. Recurso de casación en el fondo de Alberto Alejandro Rallin Talice
    • De inicio, y remitiéndonos al punto 1 del presente considerando, corresponde aclarar que el recurso
    • De donde se infiere que el Auto de Vista recurrido se circunscribe a la expresión
    • Por lo referido, el recurso de casación en la forma interpuesto por el recurrente se
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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