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    Auto Supremo AS/0582/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0582/2015-RA

    Fecha: 10-Sep-2015

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    • Por memoriales presentados el 6 y 8 de julio de 2015, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, Delma Vivian Cornejo Apaza y Edwin Roger Vaca
    • c) El 30 de junio y 1 de julio de 2015 (fs
    • II.1. Recurso de casación de Edwin Roger Vaca Guzmán Dávalos
    • Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 537/2006 de 17 de noviembre y 286/2013 de
    • 4
    • Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 38/2013-RRC de 18 de febrero, 10 de 28
    • Previa indicación del objeto, requisitos de admisibilidad y fundamentos del recurso de casación, refiere que
    • 1
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    • Cita como precedentes contradictorios el Auto Supremo 38/2013-RRC de 18 de febrero, 10 de 28
    • El art
    • 42 de LOJ, que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se establece que el 30 de junio y 1 de
    • En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, considerando que ambos recursos de
    • Respecto al segundo motivo, los recurrentes acusaron violación de derechos al debido proceso y a
    • Sin embargo, se ha hecho referencia a la existencia de situaciones de vulneración a derechos
    • En cuanto al motivo tercero, los recurrentes con idéntica mención al recurso de apelación restringida,
    • En lo relativo al cuarto motivo, que relaciona la denuncia realizada por los recurrentes, en
    • Los demás precedentes citados, no serán tomados en cuenta en razón a que el 38/2013
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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