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    Auto Supremo AS/0650/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0650/2015-RA-L

    Fecha: 18-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2011, que cursa de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia; por una parte, la representante del Ministerio Público formuló
    • c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista, el 31 de agosto de
    • Del memorial de fs. 2182 a 2187, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Por otro lado, bajo el acápite contradicción con el Auto Supremo 79
    • 3) Bajo el título, contradicción con los Autos Supremos 23 de 26 de
    • 4) Finalmente, bajo el acápite Defecto Absoluto, manifiestan, que en su recurso de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
    • Ahora bien, con relación al primer motivo, referido a que el Auto de Vista recurrido
    • Sobre este reclamo, se observa que los recurrentes incurren en contradicción; por cuanto, por una
    • Con relación al segundo motivo, en el que denuncian que el argumento del Tribunal de
    • Por otra parte, si bien los recurrentes denuncian vulneración a sus derechos y garantías; sin
    • Respecto al tercer motivo, en la que denuncian que el Tribunal de apelación contradijo los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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