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    Auto Supremo AS/0766/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0766/2015

    Fecha: 09-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Cochabamba
    • CONSIDERANDO I:
    • Contra esa Sentencia de primera instancia el demandante, dentro el plazo legal interpone recurso de
    • Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
    • Que, la recurrente en su expresión de agravios seña los siguientes
    • 1
    • 2
    • 3
    • En el fondo
    • La recurrente señala que el Auto de Vista recurrido, incurre en causales de casación en
    • CONSIDERANDO III:
    • En la forma
    • Del contenido del recurso la recurrente denuncia que el Juez A quo no rechazó su
    • Respecto al tema de las nulidades corresponde manifestar que lo que interesa en definitiva es
    • La Ley del Órgano Judicial con el objeto de dar continuidad al proceso incorpora un
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • III
    • De las normas citadas precedentemente marcan el límite de la actuación de los Jueces y
    • Dentro de autos, el Ad quem anulo obrados hasta fs
    • De la revisión del proceso se tiene que de fs
    • Al margen de lo señalado, se evidencia que el recurso de apelación contiene fundamentos de
    • Siendo evidente la nulidad de obrados a disponerse no corresponde el pronunciamiento sobre el recurso
    • Por lo expuesto corresponde resolver en la forma prevista por el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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