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    Auto Supremo AS/0038/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0038/2016-RRC

    Fecha: 21-Ene-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • a) Por Sentencia 13/2014 de 30 mayo (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, Fernando Crespo Lijerón en representación de la Constructora e Inmobiliaria
    • Del memorial de casación y el Auto Supremo 438/2015-RA de 29 de junio, de (fs
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente José Barnadas Jordán en representación de Juan Fuertes Larrea, Alba Gabriela Inturricha de
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 13/2014 de 30 mayo (fs
    • II.2.Recurso de apelación restringida
    • Contra la mencionada Sentencia, Fernando Crespo Lijerón en representación de la Constructora e Inmobiliaria Jardines
    • II.3 De la excusa y Auto de Vista impugnado
    • Remitido el cuaderno procesal a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Posteriormente por Auto de 24 de noviembre de 2014 (fs
    • Los Vocales la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -Victoriano
    • 2) Que el A quo, también había violentado el principio de continuidad, pues el juicio
    • 3) Asimismo el A quo había fundado su Resolución en pruebas que fueron debidamente insertadas,
    • El recurso de casación formulado por Juan Fuertes Larrea en representación de los imputados, fue
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • El art
    • III.2.De los precedentes invocados y análisis del caso concreto
    • En el primer motivo de casación, la parte recurrente a tiempo de denunciar la vulneración
    • “De conformidad a la normativa que rige la tramitación de las recusas, si la autoridad
    • Existiendo un hecho procesal análogo entre el precedente invocado y el primer motivo de casación,
    • 1
    • Entre los principios rectores de la jurisdicción ordinaria, conforme lo dispuesto por el art
    • El reconocimiento de este derecho a un Juez Natural, también llamado como Juez Ordinario o
    • Por mandato del art
    • En el caso de autos, tal como se establece del acápite II
    • Ratificando su separación del conocimiento de la causa, por Auto de 24 de noviembre del
    • Ambos actuados, tienen como efecto inmediato la pérdida de competencia de ambos miembros del Tribunal
    • Evidenciándose que el Tribunal de alzada al no dar el trámite correspondiente a la recusación
    • Tomando en cuenta los efectos de la resolución del primer motivo de casación, no es
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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