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    Auto Supremo AS/0058/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0058/2016-RRC

    Fecha: 21-Ene-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 8 de mayo de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 9/2012 de 9 de abril (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Víctor Cadima Alba interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. De los motivos del recurso
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 462/2015-RA de 06 de julio
    • 1) Denuncia que, el Tribunal de alzada no realizó una ponderación de los elementos contenidos
    • Invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 97 de 1 de abril de 2005, 50
    • 2) Previa alusión a lo relacionado en la apelación restringida y el Auto de Vista
    • En mérito a los argumentos expuestos en su recurso solicitó se declare la nulidad del
    • Mediante Auto Supremo 462/2015-RA de 06 de julio de (fs
    • II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 9/2012 de 9 de abril (fs
    • En razón a los antecedentes fácticos sostenidos por ambas partes se tiene uniformemente que el
    • Ante estos plantemos acudiendo nuevamente a los documentos médicos y al muestrario fotográfico resultó conveniente
    • En cuanto a la lesión de Víctor Cadima (imputado), según su historia clínica y certificado
    • Bajo los fundamentos desarrollados se tiene a los fines de la selección tipológica es necesario
    • II.2. De la apelación restringida interpuesta por Víctor Cadima Alba
    • Que la Sentencia se basó en hechos inexistentes y no acreditados, y valoración defectuosa de
    • Denuncio la vulneración del art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Respecto de los motivos apelados el Tribunal de alzada se pronunció señalando
    • Respecto de la infracción del art
    • En cuanto a que la sentencia se sustentaría a lo previsto en el art
    • El recurso de casación de Víctor Cadima Alba, admitido por precedente contradictorio, denuncia que Auto
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • El art
    • III.2 De los precedentes invocados
    • Auto Supremo 97 de 1 de abril de 2005, dictado dentro del proceso penal seguido
    • El Código Penal en su artículo 13 Quater indica: "Cuando la ley no conmine expresamente
    • Siendo evidente la insuficiencia de prueba que llevó a la duda razonable al juzgador, causando
    • “La pena se constituye en un factor de cohesión del sistema político-social, gracias a su
    • A la vez, es un medio del que se vale el Estado, para facilitar al
    • Finalmente esta experiencia, cuya publicidad se encuentra garantizada por el sub sistema penal, genera en
    • De ahí que si del conocimiento de un determinado hecho el Titular del órgano jurisdiccional
    • La pena no es el resultado de una simple operación lógica sino de la valorización
    • Es facultad del Tribunal de alzada, ante la evidencia de que concurren en el fallo
    • “Los Autos de Vista contienen el defecto absoluto no susceptibles de convalidación a que hace
    • Respecto de los precedentes invocados a excepción del 276/2007 de 5 de octubre, al corresponder
    • Con relación del Auto Supremo citado supra (276/2007) no corresponde efectuar contrastación alguna en merito
    • III.3. Reglas a considerar para la correcta aplicación de la sana crítica
    • En lo que al Tribunal de apelación se refiere, debe tenerse en cuenta que la
    • “La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
    • Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
    • El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • 1) A la denuncia de que, el Tribunal de alzada no realizó una ponderación de
    • En nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige en primera instancia
    • Ahora bien, ingresando al examen del Auto de Vista impugnado, se tiene que en su
    • Ahora bien a la denuncia de que, de deforma incongruente se excluyó algunas pruebas, el
    • 2) A su denuncia de: i) Que apeló en base al art
    • Al respecto como lo ya manifestado en el primer agravio el control efectuado por el
    • ii) Sobre la denuncia de que la Sentencia y Auto de Vista impugnados, se sustentaron
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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