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    Auto Supremo AS/0815/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0815/2016-RRC

    Fecha: 21-Oct-2016

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    • Por memorial presentado el 18 de abril de 2016, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 33/2015 de 5 de octubre (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 578/2016-RA de 3 de agosto,
    • Denuncian los recurrentes que el Auto de Vista recurrido, admitió y consideró la apelación restringida
    • Los recurrentes solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, estableciéndose la doctrina
    • Mediante Auto Supremo 578/2016-RA de 3 de agosto, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 33/2015 de 5 de octubre, el Tribunal Décimo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • II.2.1. Del representante del Ministerio Público
    • Añade, que el Tribunal de juicio tampoco valoró que los imputados incurrieron en contradicciones; toda
    • II.2.2. De la parte querellante
    • El 8 de octubre de 2015 (fs
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista
    • III.1. Plazo procesal para formular el recurso de apelación restringida
    • El art
    • En ese contexto, esta temática fue desarrollada por este Tribunal Supremo de Justicia en el
    • Conforme lo señalado, queda establecido que el plazo para la interposición de un recurso de
    • III.2. Actividad procesal defectuosa, nulidades procesales y principios que las rigen
    • Antes de analizar el caso concreto, es preciso tener presente que el régimen de nulidades
    • `El principio de legalidad o especificidad, señala, no hay nulidad sin texto (pas de
    • El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
    • Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
    • III.3. Análisis del caso en concreto
    • Sintetizada la denuncia traída a casación, el recurrente reclama que el Auto de Vista recurrido
    • No obstante, lo señalado de la revisión de antecedentes se advierte que no fue únicamente
    • Conforme lo alegado anteriormente, se tiene que la querellante formuló recurso de apelación restringida denunciando:
    • Añadió en su recurso el representante del Ministerio Público, que el Tribunal de juicio tampoco
    • Recursos, que fueron considerados y resueltos de manera conjunta por el Tribunal de alzada que
    • De esta relación necesaria de antecedentes se evidencia que si bien el Tribunal de alzada,
    • Por otra parte, si bien el Tribunal de alzada alegó que la sentencia carecía de
    • Por lo expuesto, en atención a los principios que conforman el sistema de nulidades procesales
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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