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    Auto Supremo AS/0838/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0838/2016-RRC

    Fecha: 21-Oct-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 14 de abril de 2016, cursante de fs
    • a)Por Sentencia 15/2015 de 21 de mayo (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fanor Nava Santiesteban (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 616/2016-RA de 18 de agosto,
    • 1)Que los Vocales que conformaron Sala para resolver la apelación restringida, en otros casos, cuando
    • 2)El Tribunal de apelación restringida habría considerado incorrectamente que la falta de continuidad de juicio,
    • 3)Alega que el Auto de Vista vulnera el derecho al debido proceso y la tutela
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 616/2016-RA de 18 de agosto, cursante de fs
    • 1)Denuncia falta de fundamentación en la Sentencia e inobservancia del art
    • 2)Que la Sentencia es producto de un indebido juzgamiento, para lo que expone fundamentos referidos
    • 3)Denuncia violación de las reglas de prescripción, al disponer el rechazo de la excepción de
    • 4)Que en juicio se violó el principio d celeridad y plazo razonable de juzgamiento en
    • 5)Denunció lesión al derecho de defensa e impugnación por actas incompletas no sujetas al control
    • 6)Denuncia la errónea aplicación de la ley sustantiva por falta de fundamentación en cuanto a
    • II.2. Del Auto de Vista impugnado
    • 1)El Tribunal de alzada en el cuarto considerando puntos 4 y 5 del Auto de
    • 2)En cuanto al tercer motivo de apelación fundado en la presunta actividad procesal defectuosa y
    • III
    • Antes de analizar el fondo de la impugnación, es preciso tener presente que el art
    • En ese contexto, se tiene que el recurrente en este motivo invocó como precedente contradictorio
    • El recurrente acusa que el Tribunal de apelación de forma incorrecta consideró que la falta
    • Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
    • Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
    • Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
    • ‘Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
    • Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
    • Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
    • Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
    • Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
    • Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: ‘…es obligación de los jueces y
    • Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
    • En el caso de autos, el Tribunal de alzada argumentó que el recurrente con su
    • Al respecto, conforme la línea jurisprudencial ampliamente descrita en el acápite presente de ésta resolución,
    • Bajo los argumentos expuestos, se establece que el motivo de casación en análisis, carece de
    • El recurrente en casación alega la vulneración de derechos y principios constitucionales, bajo el argumento
    • Revisado el Auto de Vista hoy impugnado, se establece que el mismo no contempla ningún
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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