Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0850/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0850/2016-RA

    Fecha: 31-Oct-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2016, que cursa de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Por diligencia de 26 de agosto de 2016 (fs
    • Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
    • 2) Por otra parte manifiesta, que en el considerando I denominado antecedentes con relevancia jurídica,
    • 3) Le extraña, la fundamentación efectuada por el Auto de Vista recurrido que observó que
    • 4) Denuncia que el Auto de Vista bajo el falso argumento de falacia de reserva,
    • 5) Por otra parte, Bajo el título “IV
    • Refiere, que cuando el Ad quem advierte que en proceso se pronunció fallos sustentados en
    • 7) Reclama, que en el acápite denominado fundamentos jurídicos del fallo en lo concerniente a
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • Ahora bien, respecto a los motivos primero, segundo y quinto, en los que denuncia que
    • En cuanto, al cuarto motivo, en el que denuncia que el que el Auto de
    • Con relación al sexto motivo, en el que el recurrente con poca técnica recursiva
    • Sobre este motivo, corresponde señalar que el recurrente incurre en contradicción; por cuanto, por una
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el artículo
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca