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    Auto Supremo AS/0904/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0904/2016-RA

    Fecha: 18-Nov-2016

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    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Al efecto, cita los Autos Supremos 436 de 15 de octubre de 2005, 25 de
    • 2)A título de defecto absoluto inconvalidable, la recurrente denuncia que al resolverse el recurso de
    • Cita los Autos Supremos 223/2012-RRC de 18 de septiembre, 277 de 13 de agosto de
    • 3)Igualmente, como defecto absoluto, la recurrente expresa que al resolverse el recurso de alzada, el
    • Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 26/2013 de 8 de febrero de 2013
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • En el caso de autos, se establece que la recurrente Lilian Herrera Arequipa, fue notificada
    • Antes de la verificación del cumplimiento de los demás requisitos procesales exigidos en los arts
    • Efectuada la aclaración que precede con relación al primer motivo, referido esencialmente a que el
    • Asimismo, cita los Autos Supremos 277 de 13 de agosto de 2008, 89/2012 de 25
    • Los referidos fundamentos, al ser claros y precisos respecto a la denunciada contradicción que evidenciaría
    • Con relación al Auto Supremo 53 de 19 de marzo de 2012, el mismo no
    • En cuanto al segundo motivo, en el que la recurrente aduce que la Resolución impugnada,
    • Finalmente, en cuanto al tercer motivo de casación se advierte que la recurrente acusa esencialmente
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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