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    Auto Supremo AS/0924/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0924/2016

    Fecha: 21-Nov-2016

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    • Los imputados Juan Félix Illanes Gonzales y Pedro Manzano Quispe, formulan Excepción de Extinción de
    • Invocando los arts
    • Agregan que durante el tiempo transcurrido desde la supuesta comisión del delito, no existe interrupción
    • En el OTROSÍ, indica que adjunta prueba consistente en: denuncia, expediente del proceso de perturbación
    • En cumplimiento al decreto de 11 de noviembre de 2016 de fs
    • III
    • En el caso presente, se evidencia que como emergencia de la formulación de recurso de
    • III.2. De la prescripción
    • El Código de Procedimiento Penal, señala de forma expresa de conformidad al art
    • Sobre el cómputo de la prescripción se debe tomar en cuenta lo establecido en el
    • 2) Mientras esté pendiente la presentación del fallo que resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas
    • 4) En los delitos que causen alteración del orden constitucional e impidan el ejercicio
    • Ahora bien, de acuerdo a la norma procesal sólo esas causales suspenden la prescripción, fuera
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Los excepcionistas Juan Félix Illanes Gonzales y Pedro Manzano Quispe, enfatizan que el supuesto delito
    • En ese ámbito, la solicitud de los impetrantes no proporciona los fundamentos claros y necesarios
    • De lo expuesto, se evidencia que los excepcionistas no cumplen con el deber de realizar
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
    • En cumplimiento de la Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre, se
    • Notificadas las partes con la presente resolución, pase a despacho la causa para el examen
    • Regístrese y hágase saber
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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