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    Auto Supremo AS/0944/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0944/2016-RA

    Fecha: 25-Nov-2016

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    • Por memoriales presentados el 18 de julio y 3 de agosto del 2016, cursantes de
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Por diligencias de 12 y 27 de julio del 2016 (fs
    • De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • A
    • B
    • En el otrosí 2, del recurso de casación la recurrente invoca como precedentes contradictorios, los
    • II.2. Del recurso de casación de Diego Hurtado Banchieri
    • 1) Que, el Tribunal de apelación argumentó que el A quo hizo una pésima lectura
    • 2) Que, el Ad quem a tiempo de señalar que se vulneró el derecho de
    • 3) El argumento del Tribunal de alzada, en sentido de que al no darse a
    • 4) Alega, que el argumento del Tribunal de apelación en sentido de que valoró una
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el recurso interpuesto por
    • En el segundo motivo de casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de apelación incurrió
    • En el mismo motivo de casación en los incs
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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