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    Auto Supremo AS/1355/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1355/2016

    Fecha: 30-Nov-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Constructora PRESCON U.P
    • perjuicios
    • II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • 2
    • 3
    • 4
    • 5
    • 6
    • En base a esos argumentos, solicita anular obrados hasta fs
    • Respuesta al recurso
    • A su vez, la Empresa Constructora PRESCON U
    • Asimismo, a tiempo de referir sobre los alcances que contendría la Sentencia Constitucional 0903/2014 de
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • III.2.- De la nulidad procesal
    • En ese contexto, la jurisprudencia constitucional ha establecido a través de la S
    • Así también la jurisprudencia de este Supremo Tribunal ha orientado en el Auto Supremo Nº
    • IV.- DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • De la estructura de la Resolución de Alzada, se entiende que ésta ha sido la
    • Con respecto a la denuncia en el punto 3) referido a que, el Auto de
    • De la revisión de obrados se tiene que, si bien es cierto que en el
    • En cuanto a la denuncia en el punto 4) sobre la falta de pronunciamiento del
    • De lo expuesto claramente se advierte que el Auto de Vista se ha pronunciado dando
    • Asimismo, sobre la denuncia en el punto 5) de falta de pronunciamiento del Tribunal de
    • Finalmente del Auto de Vista objeto de análisis, con respecto a la denuncia en
    • Por lo expuesto corresponde emitir resolución conforme a lo previsto en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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