Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0081/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0081/2016-RA

    Fecha: 10-Feb-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 28 de octubre de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
    • 1) En el Auto de Vista recurrido, considerando cuarto, inc
    • 2) En el mismo inc
    • Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal de alzada concluye que el Tribunal inferior, incurrió
    • 3) En el inc
    • 4) En cuanto al inc
    • 5) En relación al inc
    • 6) En el inc
    • 7) En el inc
    • 8) Por último, el Tribunal de apelación no desarrolló la audiencia de fundamentación de la
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • çEl precepto legal contenido en el citado art
    • En el caso de autos, se establece que el 21 de octubre de 2015, la
    • Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente, como primer motivo
    • En el segundo motivo, asegura que en el mismo inciso citado, punto 1
    • En la segunda parte del motivo en análisis, el recurrente argumenta que no existe pronunciamiento
    • En cuanto al tercer motivo en análisis, relativo a que en el inc
    • Respecto al cuarto motivo, en el que el recurrente aduce que el Tribunal de apelación
    • En el quinto motivo, el recurrente afirma que el Tribunal de alzada, erradamente habría llegado
    • Con relación al sexto motivo, referido a que el Tribunal de alzada equivocadamente habría afirmado
    • En el séptimo motivo, en el que acusa que el Tribunal de alzada efectuó observaciones
    • En el octavo motivo, el recurrente asegura que el Tribunal de apelación no celebró la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca