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    Auto Supremo AS/0116/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0116/2016-RRC

    Fecha: 17-Feb-2016

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    • Por memorial presentado el 18 de junio de 2015, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 08/2015 de 12 de marzo (fs
    • b) Contra la referida Sentencia, la parte acusadora Eva Romero Saavedra, en su calidad de
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 548/2015-RA de 24 de agosto
    • La recurrente expresa que ante su denuncia de concurrencia de defecto previsto en el art
    • I.1.2. Petitorio
    • Solicita se conceda su recurso de casación y sea ante este Tribunal Supremo de Justicia
    • Mediante Auto Supremo 548/2015-RA de 24 de agosto de fs
    • II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 08/2015 de 12 de marzo, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal
    • En cuanto al motivo traído en casación (incongruencia en la Sentencia respecto de la participación
    • Una vez descrita y valorada la prueba producida en juicio en el acápite II (Fundamentos
    • II.2. De la apelación restringida interpuesta por Eva Romero Saavedra
    • En cuanto al motivo traído en casación se tiene que, la querellante denuncia el
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Respecto del motivo apelado el Tribunal de alzada argumentó que, de la revisión de la
    • En el caso presente, la recurrente Eva Romero Saavedra, denuncia de incorrecta la resolución contenida
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • III.2. De los precedentes invocados
    • La parte recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 183 de 6 de febrero
    • “En ningún fallo puede omitirse la fundamentación que justifique lo determinado en la parte dispositiva
    • Por otra parte, se deja en "indefensión" a las partes y se viola la garantía
    • Por lo que es esencial que el Auto de Vista que resuelve el recurso de
    • Respecto de los precedentes invocados al corresponder a una situación de hecho similar al denunciado,
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Con relación a la denuncia de concurrencia del defecto previsto en el art
    • Al respecto, como el mismo Tribunal de alzada sostuvo en el ya referido considerando I,
    • En conclusión, el Tribunal de alzada actuó de manera correcta al confirmar la Sentencia emitida
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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