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    Auto Supremo AS/0136/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0136/2016

    Fecha: 19-Feb-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Resarcimiento de daños y perjuicios
    • Distrito: Santa Cruz
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
    • 2
    • Manifiestas que la Secretaria Municipal de Planificación habría informado y certificado que no consta ninguna
    • Indica que no se tomó en cuenta las literales de fs
    • Indica que de los 73
    • Hace referencia a las facultades que tiene el Gobierno Municipal de Santa Cruz para dictar
    • Refiere error en la aplicación del art
    • Indica que si el Juez A-quo consideró que se llegó a afectar el terreno por
    • Denuncian errores en la emisión del Auto de Vista que atentan el debido proceso y
    • Tomando en cuenta que el recurso de casación que se analiza pretende la nulidad de
    • III.2.- Respecto a la congruencia de las resoluciones
    • Concluye señalando que: “la congruencia puede analizarse desde dos puntos de vista, el primero referido
    • De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
    • Razonamiento que fue complementado a través en la SC 1365/2005-R de 31 de octubre de
    • Posteriormente la SC 0012/2006-R de cuatro de enero estableció que: “La motivación de los fallos
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Si bien el Ad-quem hace referencia al art
    • Los actores principales no son lo suficientemente claros en sus aseveraciones, pues no se sabe
    • Al ser la Sentencia de primera instancia contraria a los intereses de una institución pública
    • El Juez o Tribunal que toma conocimiento de la consulta tiene amplias facultades para revisar
    • En el caso presente, el Ad-quem también incurre en falta de fundamentación respecto a la
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran

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