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    Auto Supremo AS/0288/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0288/2016-RRC

    Fecha: 21-Abr-2016

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    • Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 671/2015-RA de 27
    • El recurrente denuncia que en su condición de víctima ante la emisión de la Sentencia
    • I.1.2.Petitorio
    • El recurrente solicita que se le conceda el recurso de casación y previa valoración de
    • I.2.Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Desarrollado el juicio oral, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
    • c) Finalmente se rescata el testimonio del funcionario policial que se constituyó en el lugar
    • d) Dudas que se incrementan más con los testimonios de descargo que ubican a los
    • e) Por lo señalado, habiéndose generado en el Tribunal una duda razonable en su favor,
    • f) En aplicación de lo preceptuado por el art
    • II.2.De la apelación restringida
    • Contra la precitada Sentencia, el acusador particular Jacinto Huacota Flores, presentó recurso de apelación restringida;
    • b) En la inspección de visu y reconstrucción se estableció que el 4 de diciembre
    • c) La prueba de descargo señaló simplemente que los agresores, en esa fecha se encontraban
    • d) Lo señalado anteriormente, demuestra que no se realizó una correcta valoración de los elementos
    • a) De la lectura del fallo se evidencia que hace mención a la prueba testifical
    • b) Asimismo hace mención a la prueba documental de cargo, codificada como MP-4, MP-2, MP-3,
    • d) Lo señalado demuestra que la inferior apreció y valoró las pruebas, conforme a las
    • III.1.Identificación de los precedentes contradictorios invocados relativos a la debida motivación de los fallos judiciales
    • El recurrente invocó como primer precedente contradictorio el Auto Supremo 183 de 6 de febrero
    • También invocó el Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2004, que estableció en
    • La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la ‘legalidad’, cumple una
    • Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
    • Tiene la finalidad de precautelar el juzgamiento adecuado, justo, equitativo, oportuno, efectivo y eficaz de
    • En ese orden, por mandato de lo preceptuado por el art
    • Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
    • Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el tribunal o juez tiene el
    • En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
    • Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
    • Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • Previo a ingresar al caso concreto, para fines pedagógicos, resulta necesario desglosar el motivo objeto
    • Con la anterior precisión y analizados los motivos formulados por el recurrente en apelación restringida
    • Consecuentemente; ‘En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
    • Con relación a la prueba consistente en la inspección in visu y reconstrucción, no se
    • Con dichos fundamentos, los Vocales afirmaron que la Jueza de Sentencia valoró adecuadamente la prueba,
    • De lo señalado, realizando una contrastación entre lo demandado y lo resuelto por el Tribunal
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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