Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0496/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0496/2016

    Fecha: 16-May-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Deducida la apelación por el demandado y remitida la misma ante la instancia competente, la
    • Refiriendo que a fs
    • En relación a los arts
    • En el Fondo
    • Que el acuerdo al que podían haber arribado las partes necesariamente constituiría un acuerdo transaccional,
    • Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido disponiendo en el fondo
    • En la Forma
    • Por lo expuesto, solicita al Tribunal Supremo de Justicia fallen anulando obrados hasta el vicio
    • Con relación a la respuesta al recurso de casación el demandante señalo
    • En el supuesto de no declarar la improcedencia señala que habiendo las partes disuelto el
    • III.1.- De la Congruencia en las resoluciones
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • III.2.- De la complementación y enmienda
    • Criterio que se halla en consonancia con el nuevo código procesal civil, de lo que
    • Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
    • III.3.- Del Contrato de Compra Venta y la Disolución Verbal del mismo
    • En este entendido, toda vez que la extinción o disolución de un contrato en términos
    • Entendiendo por este análisis, que en relación a lo señalado en el punto III
    • Por otra parte, en relación a lo fundamentado en el punto III
    • Al respecto corresponde precisar que del análisis de antecedentes se tiene que a fs
    • En cuanto a que se habría producido la violación y errónea interpretación de la ley
    • Respecto a la vulneración del art 945 del C
    • En relación a que el acuerdo al que podían haber arribado las partes necesariamente constituiría
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca