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    Auto Supremo AS/0502/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0502/2016

    Fecha: 16-May-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Elmer Saucedo
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Por Auto de Vista Nº 342/2014 de fecha 06 de octubre, de fs
    • Contra la referida Resolución, la parte demandante interpone recurso de casación de fs
    • II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • 2
    • 3
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    • 5
    • CONTESTACION AL RECURSO DE CASACIÓN
    • Señala que la permisibilidad legislada de acudir a la vía ordinaria es para todas aquellas
    • III.1.- De las acreencias
    • Los derechos de los acreedores que se presenten después del plazo señalado, se harán valer
    • De la norma en cuestión se establece un plazo para que los acreedores que demuestren
    • Y el art
    • Los depósitos en cuenta corriente bancaria, a la vista y a plazo en las mismas
    • Normas que orientan en sentido de que los Depósitos a plazo fijo (DPFs) tienen la
    • III
    • A este efecto se puede citar el A
    • En autos, Industrias "La Bélgica" S
    • Que, el art
    • La precitada norma legal indudablemente que en concordancia con el art
    • Asimismo, el A
    • En Autos, el actor Jorge Schultze Gutiérrez, interpuso demanda de reivindicación -devolución y entrega- de
    • La norma legal contenida en el artículo 126 de la Ley de Bancos y Entidades
    • En consecuencia, en el caso presente la parte actora al iniciar su demanda conocía perfectamente
    • En caso de ser declarada probada la demanda, se afectaría de manera negativa el patrimonio
    • Y refrendando el criterio de la extinta Corte Suprema de Justicia este Tribunal a través
    • En ese marco corresponde puntualizar que de conformidad a lo previsto por el art
    • Del texto de la norma citada se establece que al encontrarse el Banco BIDESA S
    • En ese contexto, la empresa demandante se encontraba en la obligación de presentar la acreencia
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • De lo anotado en la doctrina aplicable III
    • Al margen de la respuesta otorgada en el punto expuesto líneas supra, a efectos de
    • De antecedente descrito se advierte al momento en que la Empresa actora interpuso la presente
    • En ese marco corresponde puntualizar que de conformidad a lo previsto por el tantas veces
    • En lo que respecta a la violación del art
    • Por todos los fundamentos expuestos corresponde dictar Resolución conforme manda el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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