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    Auto Supremo AS/0233/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0233/2016

    Fecha: 28-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Que, conforme a la Resolución N° 0003601 de 26 de septiembre de 2014 (nueva numeración
    • La Sra
    • Contra de dicha resolución, la asegurada interpuso recurso de apelación de fs
    • Explica la demandante en memorial de fs
    • Señala que presentó documentación fehaciente que prueba la convivencia con su esposo, misma que no
    • Continúa argumentando que presentó declaraciones de varios testigos que conocieron a su esposo incluido el
    • Concluye solicitando Case el Auto de Vista, disponiendo la rehabilitación de su renta de viudedad
    • El Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, representado legalmente por Juan Edwin Mercado Claros,
    • Respondiendo en el Fondo, manifiesta que la impetrante nunca convivió con el titular Ernesto Bernal
    • Destaca que en el procedimiento de seguridad social, no se indaga la acción o sentencia
    • Solicita que el Tribunal declare INFUNDADO el Recurso de Casación en el fondo
    • La Respuesta de Bertha Bernal Villanueva en representación de Flora Villanueva, señala rechazo a todo
    • Hace constar que la familia y en especial su madre desconocían del divorcio con su
    • Refiere que tratándose de un mero relato de afirmaciones basadas en la mentira y no
    • Toda vez que el Servicio Nacional de Sistema Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) ha
    • En ese entendido, pretender ahondar las exigencias antes mencionadas, resulta un exceso que desconocería el
    • De lo referido precedentemente, se tiene que el Auto Supremo de Admisión a fs
    • En tal sentido, corresponde analizar lo pedido por la demandante, sobre la restitución de la
    • Ahora bien, posterior a la otorgación de la Renta de Viudedad se interpone denuncia por
    • Agrega que a objeto de tener mayores elementos de convicción se puede verificar la Resolución
    • De las declaraciones testificales efectuadas por su esposa, amigos y conocidos, coinciden todos en señalar
    • De fs
    • Mal podrían alegar desconocimiento del divorcio y posterior matrimonio, los hijos y la primera esposa
    • En cuanto a la comisión de un delito o fraude cometido para casarse, el SENASIR
    • En consecuencia, y por los argumentos expuestos, corresponde resolver el recurso en la forma prescrita
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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