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    Auto Supremo AS/0748/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0748/2016

    Fecha: 28-Jun-2016

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    • Pública
    • Distrito: Potosí
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En el fondo
    • Manifiesta que la vigencia de la Nueva Constitución Política del Estado data desde fecha 07
    • Destaca que el remate judicial consolidado por Testimonio Nº 76/09, fue y es producto del
    • En esa virtud reitera que la presente demanda de nulidad de transferencia y cancelación de
    • 1
    • Expresa, que la nulidad de transferencia interpuesta por su persona, al amparo de los arts
    • Por todo lo expuesto, al no cumplirse con la norma, solicita desestimar in limine el
    • Respecto al tema, este Tribunal mediante Auto Supremo Nº 491/2012 de 14 de diciembre, ha
    • III.3.- Sobre la comunidad de gananciales
    • La comunidad se constituye aunque uno de los cónyuges tenga más bienes que el otro
    • Por su parte, el art
    • Asimismo el art
    • De igual manera el art
    • Los actos de disposición o de imposición de derechos reales de uno de los cónyuges
    • El párrafo primero del art
    • De igual manera, el párrafo segundo del art
    • III.4.- Sobre los efectos de la nulidad regulada por el art. 549 del Código Civil
    • III.5.- Respecto a la nulidad parcial
    • Estableciéndose en consecuencia, que cuando los Tribunales de instancia desestimaron la pretensión de la parte
    • Siendo evidente que en el caso de Autos hubo error en la interpretación de los
    • Por lo que el razonamiento del A quo como del Ad quem, en sentido de
    • 5
    • Habiendo quedado establecido que tanto Mirtha Moreno Sánchez en su calidad de vendedora, como Deysi
    • Concluyéndose que resulta ser evidente que los Tribunales de instancia efectuaron indebida aplicación de las
    • III.6.- Respecto a la protección pública y privada de la Familia, y el orden público
    • En tanto que el art
    • Carlos Morales Guillen en su obra “Código de Familia, Concordado y Anotado”, al realizar el
    • Al respecto corresponde referir que los arts
    • En ese antecedente, en el presente caso de autos, la parte actora Loyda Margot Abastoflor
    • Ahora bien, conforme se ha desarrollado en el subpunto III
    • De consiguiente, al no haber tomado conocimiento del proceso coactivo fiscal ni haber sido parte
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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