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    Auto Supremo AS/0218/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0218/2016

    Fecha: 21-Jul-2016

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    • Auto Supremo Nº 218/2016
    • Expediente: SC-CA.SAII-LP.276/2016
    • Distrito: La Paz
    • Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
    • CONSIDERANDO I: Que, Hernán Vega Oporto en representación legal del Señor Ministro de Obras Públicas,
    • Que, el compulsante refiere que el 28 de junio de 2016 interpuso recurso de casación
    • Que, ante la negativa indebida del recurso de casación interpone recurso de compulsa contra el
    • Por último, señala que la concesión del recurso de casación fue indebidamente negada, privando a
    • CONSIDERANDO II
    • Al fin indicado y de los antecedentes que informan la causa, se tiene que en
    • Con el Auto A
    • Ahora bien, la entidad demandante dedujo recurso de casación contra el Auto N° 102/2016, mediante
    • En el sistema procesal boliviano, el recurso de compulsa constituye una vía de impugnación de
    • Consecuentemente, el recurso de compulsa ha sido concebido para determinar si la negativa de la
    • El art
    • Complementariamente a lo anotado, el Tribunal de Apelación, solo puede negar el recurso de casación
    • En estricta relación con el artículo glosado precedentemente, el art
    • Por lo expuesto, está claro que el Tribunal compulsado ha obrado correctamente y aplicado adecuadamente
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • No corresponde la aplicación del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, por ser la
    • Regístrese, notifíquese y remítase.

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