Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0859/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0859/2016

    Fecha: 20-Jul-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • y otros
    • Distrito: La Paz
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
    • II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • También expresan que en el punto 6 del Auto de Vista, nuevamente se incurre en
    • También señala que en el primer párrafo de la foja 646 se señala que en
    • Por último señala que se resuelve en forma incompleta los puntos de apelación de fs
    • Por lo que solicita casar el Auto de Vista y que se declare nulo la
    • Sobre la presentación de los escritos en casos de urgencia este Tribunal ha emitido el
    • Al margen de lo anterior, es coherente utilizar los siguientes criterios
    • En esa secuencia es pertinente nombrar al Prof
    • En ese sentido, la incorporación al ordenamiento jurídico boliviano de un nuevo ordenamiento constitucional, presenta
    • Vemos entonces que del principio pro homine deriva el pro actione, en virtud del cual
    • De otro lado corresponde asimismo señalar que es de aplicación el principio de "prevalencia del
    • Todo el entendimiento anterior, irá en resguardo de lo que representa el debido proceso respetando
    • Realizado ese análisis, verificamos que en el caso de Autos efectivamente existe la interpretación y
    • En cuanto al cómputo de los plazos procesales, corresponde señalar que la Disposición Transitoria Segunda
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En el sub lite, se tiene que Valentino Escobar Gómez y Oscar Junior Escobar Acho,
    • Por otra parte aún en el caso de que se pueda prescindir del cómputo de
    • Desde las dos perspectivas descritas, se tiene que el Ad, quem no ha considerado la
    • Por lo que, al haberse advertido vicio de procedimiento en el Auto de Vista, corresponde
    • Respecto a la contestación del recurso de casación, la misma no se refiere en cuanto
    • Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
    • De conformidad a lo previsto en el art
    • Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca