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    Auto Supremo AS/0643/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0643/2016-RA

    Fecha: 24-Ago-2016

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    • Por memorial presentado el 23 de junio de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la referida Sentencia, el imputado Luis Gerardo Victoria Castro, interpuso recurso de apelación
    • c)Por diligencia de 15 de junio de 2016 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) El recurrente aduce que, con relación al primer motivo de apelación restringida, sobre la
    • 3) Con relación al segundo motivo de apelación restringida, consistente en errónea aplicación de la
    • De igual manera el Auto Supremo 384 de 26 de septiembre de 2005; a cuyo
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
    • Ahora bien, respecto al primer motivo de casación, en el que el recurrente de manera
    • Con relación al segundo motivo, en el que el impugnante aduce que el motivo de
    • Al respecto, se advierte que el recurrente se limita a invocar doctrina legal a efectos
    • En cuanto al tercer motivo de casación, en el que el recurrente aduce que sobre
    • Adicionalmente a la falencia anotada, se advierte que el Auto Supremo 474 de 8 de
    • Finalmente, en cuanto al cuarto motivo de casación, el recurrente asevera que sobre su denuncia
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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