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    Auto Supremo AS/1008/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1008/2016

    Fecha: 24-Ago-2016

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    • Distrito: La Paz
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución contra la que se interpuso recursos de apelación por Víctor López Quenta por memorial
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Además manifestó que Víctor López Quenta no toma en cuenta que la litis trata
    • Con relación a la apelación de Bertha Elías Tejada Vda
    • En tiempo oportuno Bertha Elisa Tejada Vda
    • Contra el Auto de Vista, los demandados Bertha Elisa Vda
    • II.- CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
    • Refiere que la Sentencia Nº 017/2011, dispuso de forma injusta la calificación de daños y
    • Arguye que en mérito a lo anterior, el A quo y Ad quem vulneraron
    • Por lo anterior, refiere plantear recurso de casación en la forma, pidiendo anular
    • II.2.- Recurso de Casación en el fondo interpuesto por Víctor López Quenta
    • 2
    • Denuncia que de la interpretación armónica de los arts
    • Arguye que según el auto recurrido ni su persona, ni Sergio Escobar intervinieron en los
    • Por lo que, el Auto de Vista impugnado carece de motivación y fundamentación al
    • Por lo que concluye solicitando anular obrados de conformidad al art
    • CONTESTACIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN
    • Alega que la recurrente no mencionó las disposiciones contradictorias en las que hubiera incurrido el
    • Concretó que los daños y perjuicios fueron solicitados en la demanda, por lo que, en
    • Refiere que el recurso de casación incumplió lo previsto por el num
    • Por otra parte, señala que la recurrente quiere dar a entender que los daños y
    • Contestación al recurso de casación de fs. 506 a 509 vta
    • Señala que el recurso interpuesto por Víctor López Quenta incumple el art
    • Por otra parte, acusa que el recurrente demuestra su mala fe y sus intenciones de
    • Refiere que la presunta violación, interpretación y aplicación indebida de la Ley por supuesta mala
    • Señala que como demandante se buscó la nulidad de las Escrituras Públicas Nº 618/96
    • III.-DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Al respecto el A
    • III.2.- Del Principio Per Saltum
    • Al respecto este supremo Tribunal de Justicia en el Auto Supremo Nº 375/2014, ha orientado
    • III.3.- Respecto a la omisión de respuesta
    • Razonamiento reiterado en el Auto Supremo Nº 890/2015-L de 6 de Octubre, donde en relación
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En mérito a lo anterior, se concluye que el Auto de Vista de fs
    • Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art. 220.II del Código Procesal Civil
    • IV.2.- Recurso de casación interpuesto por Víctor López Quenta de fs. 482 a 484
    • Es menester referir que el recurrente formula recurso de casación en el fondo, empero efectúa
    • Por lo que, el Auto de Vista recurrido, se enmarcó a los agravios formulados por
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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