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    Auto Supremo AS/0285/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0285/2017

    Fecha: 16-Oct-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandado: Empresa Brinks Bolivia S.A
    • CONSIDERANDO I
    • Interpuesta la apelación por la Empresa Brinks Bolivia S
    • El Auto de Vista citado, motivó el Recurso de Casación de fs
    • Señaló que, no se ha realizado una valoración en conjunto de las pruebas rendidas por
    • Manifestó que, los contratos que cursan de fs
    • Refirió que, con relación al tiempo de servicios la Sentencia Nº 171/2015 y el Auto
    • Indicó que, se omitió efectuar una cabal valoración de la excepción de pago planteada la
    • Concluyó el recurso, solicitando al Tribunal Supremo, case el auto de vista recurrido y deliberando
    • Mediante memorial cursante a fs
    • Que, los Tribunales de segundo grado, al constituir órganos judiciales de conocimiento y no así
    • Así, en el caso concreto se advierte que al margen de los agravios llevados en
    • El Tribunal Ad quem deberá comprobar si es o no correcta la decisión del Juez
    • En ese marco, de la revisión de obrados se advierte que el Tribunal Ad quem
    • Sobre el particular, se advierte que en los casos referidos a las vacaciones y horas
    • Sobre el tercer punto motivo de la nulidad, el vicio advertido por el tribunal de
    • Así entonces y habiéndose reclamado sobre tales aspectos en el recurso de apelación le correspondía
    • En conclusión, se advierte que el Tribunal de Apelación no cumplió con la previsión contenida
    • En mérito a lo expuesto, corresponde resolver el presente recurso, aplicando las disposiciones contenidas en
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Sin responsabilidad de multa por ser excusable
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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