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    Auto Supremo AS/0760/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0760/2017-RRC

    Fecha: 05-Oct-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 6 de febrero de 2017, cursante de fs
    • a)Por Sentencia 018/2016 de 1 de junio (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 378/2017-RA de 29 de mayo,
    • víctima participó de un certamen de belleza y continuó sus estudios, vulnerándose el debido proceso
    • 2)También denuncia, que el Auto de Vista recurrido incurrió en insuficiente fundamentación vulnerando el debido
    • I.1.2. Petitorio
    • La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, y se
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 378/2017-RA de 29 de mayo, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • la comisión del delito de Violación a adolescente, previsto y sancionado en el art
    • Contra la señalada Sentencia el acusado Earvin Alanoca Ríos, interpuso recurso de apelación restringida arguyendo:
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dictó el Auto de
    • En el presente caso el imputado Earvin Alanoca Ríos denuncia que: a) el Auto de
    • III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2. De los precedentes invocados y análisis del caso concreto
    • Teniendo en cuenta que en la presente causa, se admitieron dos motivos para su análisis
    • enamorado, lo cual considera que causa duda razonable que vulnera el principio de presunción de
    • alzada, fallo que recurrido de casación, fue dejado sin efecto porque vulneró el derecho al
    • Del análisis de los precedentes invocados se advierte que las problemáticas dilucidadas, en cierta manera
    • Como segundo motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta
    • El Auto Supremo 251 de 17 de septiembre de 2012, dictado en un proceso seguido
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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