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    Auto Supremo AS/0764/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0764/2017-RRC

    Fecha: 05-Oct-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 17 de enero del 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia 14/2015 de 19 de mayo (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Silverio Fernández Montero (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • El recurrente solicita se case el Auto de Vista recurrido ordenándose se dicte nueva Resolución
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 361/2017-RA de 22 de mayo, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 14/2015 de 19 de mayo, el Juez Primero de Partido y de Sentencia
    • Sobre el delito de Apropiación Indebida con relación al imputado Silverio Fernández Montero, previa transcripción
    • Errónea aplicación de la Ley sustantiva, transcribiendo el art
    • Por otra parte, transcribiendo el art
    • arguyó, que dada su lectura responsable y minuciosa, puede advertir la configuración y constitución de
    • En el presente caso, la parte recurrente refiere que ante su reclamo concerniente a la
    • III.1. De los precedentes invocados
    • El Auto Supremo 134/2013-RRC de 20 de mayo, fue dictado por la Sala Penal Segunda
    • manifiesta en que las partes procesales gocen de los derechos y garantías previstas para que
    • Los delitos para ser considerados como tales, deben reunir todas las condiciones exigidas para cada
    • Con base a lo expuesto, se establece que ante la formulación de recurso de apelación
    • El recurrente denuncia que ante su reclamo concerniente a la errónea aplicación de la ley
    • restringida donde denunció: i) Errónea aplicación de la Ley sustantiva, art
    • Sobre los referidos reclamos, conforme se tiene del Auto de Vista recurrido, el Tribunal de
    • Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, respecto a la errónea aplicación de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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