Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0833/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0833/2017-RRC

    Fecha: 30-Oct-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1. Antecedentes
    • b)Contra la mencionada Sentencia, Omar Ricardo Ortiz Bulegio en representación de la ABT, interpuso recurso
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 441/2017-RA de 9 de junio,
    • La recurrente refiere que no hizo uso de su derecho de impugnación contra la Sentencia,
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1. De la Sentencia
    • El Tribunal de Sentencia de Villa Montes, declaró a Ana María León Castillo, absuelta de
    • prueba judicializada por parte del ente acusador-fiscal y particular, es insuficiente para declarar a la
    • En el apartado de valoración de la prueba y votos del Tribunal acerca de los
    • II.2.Del recurso de apelación restringida interpuesto por el representante de la ABT
    • Oscar Ricardo Ortiz Bulegio, en representación legal de la ABT, cuestionó la sentencia absolutoria, argumentando
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció el Auto de
    • desmonte; en consecuencia, existe fundamentación valorativa omisiva probatoria, no se valoró el informe técnico incorporado
    • La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, en relación al motivo de apelación restringida
    • III
    • Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
    • Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el tribunal o juez tiene el
    • En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
    • Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
    • Al respecto y en concordancia con lo anterior, el Auto Supremo 438 de 15 de
    • Para el análisis de fondo de la problemática planteada en casación, es preciso remitirse a
    • Al respecto, el Tribunal de apelación, citando el fundamento expuesto en la relación de hechos
    • principio de no contradicción, por el que una cosa no puede entenderse en dos dimensiones
    • En consecuencia, verificándose que la labor del Tribunal de apelación se limitó a efectuar un
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca