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    Auto Supremo AS/1053/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1053/2017

    Fecha: 05-Oct-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Bernabé Calderón Ramos y otra. c/ Demetrio Medina Cruz
    • Proceso: Usucapión
    • Distrito: Chuquisaca
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
    • Describe que la apelación concedida en el efecto diferido de fs
    • Señala que el procedimiento de apelaciones en el efecto diferido tiene un tratamiento propio y
    • II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Acusa violación de preceptos constitucionales y legales describiendo los arts
    • Refiere que la violación consiste en la infracción de todas las normas descritas, deduciendo que
    • Acusa falta de motivación y fundamentación legal de la resolución impugnada, acusa violación del art
    • Acusa violación y aplicación errónea de todos y cada uno de los preceptos constitucionales y
    • Refiere que la decisión impugnada conculca sus derechos y garantías constitucionales, y universales descritos en
    • Por lo expuesto solicita anular el Auto de Vista y disponer que se pronuncie nueva
    • De la contestación al recurso de casación de 4352 a 4354 vta
    • En relación al primer punto, refiere que la intención de los recurrentes es dilatar el
    • De la contestación del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre de fs. 4358 a 4360
    • Señala que se debió mencionar en forma concreta y precisa en qué consiste la violación
    • Al margen de ello sostiene que el presente proceso, está en cuestión bien de dominio
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • La incorporación de la Ley Nº 439 del Código Procesal Civil describe nuevos parámetros en
    • Ahora dentro del sistema de impugnación previsto en el Código Procesal civil, resulta ser difuso,
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Sobre la contestación a los recursos de casación
    • Se dirá que la improcedencia del recurso radica en la naturaleza de la Resolución recurrible,
    • Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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