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    Auto Supremo AS/0019/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0019/2017

    Fecha: 24-Feb-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Interpuesto el recurso de apelación por Walter Olarte Dávila, mediante Auto de Vista N° 52/2016
    • Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo y la forma de fs
    • llo ajustado a derecho y a la justicia laboral y que los Vocales no han
    • b) Violación del art
    • Señala que, el Auto de Vista no valora los medios probatorios que por Ley estaba
    • Al imponer el pago del desahucio tanto el a quo y los vocales violan el
    • Finalmente refiriere que el Auto de Vista efectuó una abstracción total de los medios probatorios
    • Concluye solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, anular en todas sus partes el Auto de
    • Mediante memorial cursante de fs
    • Mediante Auto Supremo Nº 132-A de fs
    • Que a mérito de los antecedentes expuestos, de la revisión minuciosa del cuaderno procesal y
    • La anterior aseveración se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre las y los trabajadores
    • El art
    • En el sistema de la libre apreciación, el Juez forma su convicción, no existiendo tarifa
    • En ese entendido, así establecido en la uniforme jurisprudencia, la valoración de la prueba es
    • Es en ese entendimiento, y sobre la interrupción de la relación laboral aducida por el
    • Ante ello, y revisados los antecedentes procesales, es palpable que tanto la demanda, la contestación
    • Estos hechos fueron acertadamente confirmados por el Tribunal de Alzada, al considerar que el Juez
    • A momento de dictar sentencia el juez se amparó en el art
    • Sobre el particular, considerar que la valoración de la prueba en materia laboral se inscribe
    • II.1.1.3. Falta de fundamentación o motivación del Auto de Vista
    • Respecto al punto de controversia acusado por el recurrente, resulta pertinente señalar que dentro la
    • Por ello, las resoluciones judiciales, como expresión tanto de la voluntad del juez como la
    • En esa línea de ideas, al ser Tribunal de apelación en esencia un Tribunal reparador
    • A todo ello se advierte que, las acusaciones del recurrente sobre violación y quebrantamiento del
    • En autos, se concluye que el Juez de grado apreció, valoró las pruebas que cursan
    • En el caso sub-lite se puede establecer que en revisión de alzada, estos aspectos fueron
    • Bajo esos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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