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    Auto Supremo AS/0147/2017-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0147/2017-RA

    Fecha: 17-Mar-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
    • ii) En el segundo agravio del recurso de alzada se denunció que tanto el representante
    • Respecto a dicho agravio, el Auto de Vista le respondió en sentido que, en el
    • De lo manifestado, se denota que el Tribunal de alzada otorgó una inadecuada fundamentación respecto
    • Cita y glosa la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos 26/2013 de 8 de
    • 2) El recurrente denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, cometida por el Auto de
    • Glosa a continuación la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos 329/2006 de 29 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro
    • En el primer motivo el recurrente denuncia falta de fundamentación en la que hubiere incurrido
    • Previo a realizar el análisis de admisibilidad del motivo denunciado, para fines pedagógicos, conviene aclarar
    • Una vez realizada la aclaración precedente, corresponde ingresar al análisis de admisibilidad del primero de
    • Con referencia a las SSCC SSCC 1365/2005-R de 31 de octubre, 0040/2007-R de 31 de
    • Finalmente, resulta necesario aclarar que los Autos Supremos 152/2007 de 2 de febrero y 26
    • En el segundo motivo, el recurrente denuncia errónea aplicación de la ley sustantiva, cometida por
    • En virtud a lo señalado, es imprescindible que el recurso de casación sea formulado en
    • En ese sentido, ingresando al análisis del motivo en concreto, es posible verificar que si
    • Al margen de lo señalado, corresponde hacer notar al recurrente que la mera cita de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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