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    Auto Supremo AS/0223/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0223/2017-RRC

    Fecha: 21-Mar-2017

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    • Por memoriales presentados el 2 y 9 de agosto de 2016, cursantes de fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Liborio Alcocer Fernández (fs
    • I.1.1. Motivos de los recursos de casación
    • De los recursos de casación interpuestos por los recurrentes y del Auto Supremo 808/2016-RA de
    • I.1.1.1. Del recurso de casación de Omar Marcelo Andrade Rocha
    • I.1.1.2. Del recurso de casación de Liborio Alcocer Fernández
    • El Auto de Vista no se encuentra fundamentado, en inobservancia a lo previsto por el
    • I.1.2. Petitorios
    • I.2. Admisión de los recursos
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • a)Se estableció que Juan Terrazas Melean, se adjudicó una vivienda en la urbanización Villa Chiripujyo
    • b)El imputado Omar Marcelo Andrade Rocha, en su calidad de abogado realizó todas las gestiones
    • d)Se causó daño y perjuicio a la víctima, al haber puesto en riesgo el derecho
    • II.2. De las apelaciones restringidas
    • II.2.1. De la apelación restringida de Liborio Alcocer Fernández
    • 1)Errónea aplicación de la ley sustantiva, señalando que no se hubieran considerado los arts
    • hubiera cumplido con lo establecido en el art
    • 3)Finalmente denuncia que la Sentencia no fundamentó sobre varios tópicos, como la verdad material, señalando
    • II.2.2. De la apelación restringida de Omar Marcelo Andrade Rocha
    • 1)Errónea aplicación de la ley sustantiva, por haberle sido declarado autor del delito de Uso
    • 2)Falta de fundamentación de la Sentencia, señalando que no se atribuye a cada uno de
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista
    • II.3.2. Sobre el recurso de apelación de Omar Marcelo Andrade Rocha
    • a)El Auto de Vista señaló, que el nexo causal entre el hecho y los actos
    • En el presente proceso, los acusados denuncian por un lado incongruencia omisiva, porque a su
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • III.2. Respecto al recurso de casación de Omar Marcelo Andrade Rocha
    • El imputado denuncia que el Tribunal de alzada, no habría respondido a la denuncia referente
    • Que el Tribunal de Alzada, al no haber advertido, que la adecuación del hecho ilícito
    • Por lo señalado precedentemente y al haberse dictado resoluciones que infringen el debido proceso proclamado
    • En el caso de autos, si bien el recurrente denuncia que no se hubiera acreditado
    • III.3.Con referencia al Recurso de casación de Liborio Alcocer Fernández
    • Denuncia Falta de fundamentación del Auto de Vista, indicando que no habría dado respuesta objetiva
    • El primer precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Estafa
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • …Cuando a tiempo de emitir un decisorio, los Tribunales no observan los presupuestos señalados supra,
    • El Auto Supremo 144/2013 de 28 de mayo, fue emitido dentro de un proceso seguido
    • Contrastando la doctrina legal de los precedentes invocados como contradictorios, y el Auto de Vista
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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