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    Auto Supremo AS/0248/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0248/2017

    Fecha: 09-Mar-2017

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    • Proceso: Mejor derecho de propiedad, reivindicación y acción negatoria
    • Distrito: La Paz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resoluciones que puestas en conocimiento de las partes, dio lugar a que Juan Nina Quispe,
    • En mérito a estos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia emitió
    • De igual forma, el citado Tribunal de Alzada, ante la solicitud de aclaración y enmienda
    • Resoluciones que dieron lugar al Recurso de Casación interpuesto por Elena Prudencio “Quino” que se
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Acusan que el Tribunal de Alzada dictó el Auto de Vista sin que se haya
    • Del mismo modo, acusan la violación de los parágrafos I, II y III del art
    • Que en cumplimiento del art
    • Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista impugnado y se declare ejecutoriada
    • De la respuesta al recurso de casación
    • La parte actora, mediante memorial de fs
    • Que tampoco cumpliría con los requisitos de procedencia inmersos en el art
    • Por lo expuesto solicitan se rechace el Recurso de Casación por no contener expresión de
    • Sin embargo sin dar por subsanadas las observaciones expuestas supra, señalan que lo expuesto por
    • Que sus personas interpusieron el recurso de apelación de fs
    • Por lo expuesto solicita se declare infundado el recurso de casación y sea con la
    • De igual forma, corresponde citar la doctrina jurisprudencial desarrollada por este Tribunal Supremo de Justicia
    • (b) La que postula un alejamiento de la estructura orgánica del acto, pero que no
    • Por otro lado, la Revista Bolivia de Derecho “Iuris Tantum” en el artículo de Felipe
    • II
    • III
    • La ineficacia que genera la nulidad afecta al propio acto defectuoso, pero también a aquellos
    • La expansión de la nulidad a otros actos tiene, sin embargo, un importante contrapeso en
    • Respecto a las nulidades procesales, diferentes autores también establecieron que el efecto de la nulidad
    • Es importante destacar los efectos que emanan de la declaración de nulidad de un acto
    • Sería lógico pensar que la nulidad de un acto, necesariamente no tiene por qué afectar
    • De lo expuesto concluiremos señalando que la nulidad de un acto procesal no implica la
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En razón a lo expuesto, resulta pertinente realizar las siguientes precisiones que emergen de la
    • Dicha Resolución, en virtud a la solicitud de complementación interpuesta por Elena y Marcia Prudencio
    • Sin embargo, ante la interposición del Recurso de Apelación de la parte actora (fs
    • En razón a dichos antecedentes, el expediente retomó al juzgado de origen, empero el Juez
    • En esa sucesión de datos, se advierte que tanto la parte actora como las demandadas
    • De estas precisiones podemos inferir claramente, que el Auto de Vista Nº S 452/2006 de
    • Ahora, si bien resulta evidente que mediante Auto de Reposición de fs
    • Consiguientemente se concluye que las acusaciones expuestas en el recurso de Casación no resultan ser
    • Por las razones expuestas, corresponde emitir fallo conforme lo prevé el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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