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    Auto Supremo AS/0273/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0273/2017-RRC

    Fecha: 17-Abr-2017

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    • Por memorial presentado el 20 de septiembre de 2016, cursante de fs
    • b) Contra la referida Sentencia, la imputada Concepción Fernández Fernández interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • La recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido no efectuó una correcta fundamentación; puesto
    • Agrega, que cuestionó que si la fundamentación para condenarla fue como autora en la modalidad
    • Finalmente, refiere que el Tribunal de alzada no fundamentó ni consideró la teoría finalista, que
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Conforme consta en la enunciación del hecho, Margarita Casilla Vásquez (acusadora particular), señala ser propietaria
    • Concluido el juicio oral, el Juzgado Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dictó
    • II.2. De la apelación restringida
    • En mérito a dicha determinación, Concepción Fernández Fernández, interpuso recurso de apelación restringida contra la
    • La Sentencia no establece en absoluto, a los fines de definir el concepto de autoría
    • La teoría finalista introducida en el CP, funda la separación de autores y partícipes en
    • Por lo expuesto, aduce error injudicando porque el Juez de mérito, aplicó de manera errónea
    • II.3.Del Auto de Vista recurrido
    • Con los referidos antecedentes y en mérito a que el Auto Supremo 52/2016-RRC de 21
    • III
    • Antes de analizar los precedentes invocados por la recurrente, es preciso acudir al razonamiento establecido
    • Al respecto, se tiene que tratándose la temática expuesta en casación de una falta de
    • De igual forma, la recurrente invocó el Auto Supremo 657 de 15 de diciembre de
    • A lo expuesto, debe añadirse los parámetros orientadores establecidos por este Tribunal para determinar que
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • Así, si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada
    • De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Con la finalidad de analizar el motivo de casación, es preciso acudir al argumento del
    • Sobre dicha impugnación, el Tribunal de apelación, realizando una cita de las corrientes establecidas en
    • El referido razonamiento, sin ser ampuloso ni reiterativo, cumplió con los parámetros exigidos en la
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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