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    Auto Supremo AS/0382/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0382/2017

    Fecha: 12-Abr-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Margoth Arias Vda. de Quiroga. c/ Sociedad Comercial CARPINPISO S.R.L
    • Proceso: Mejor derecho de propiedad y otros
    • Distrito: Santa Cruz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
    • II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Cita los arts
    • Acusa que el Auto de Vista no valoró las pruebas de cargo respecto a los
    • Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare probada la
    • Recurso de casación de la Empresa CARPINPISO S.R.L. de fs. 562 a 566 vta
    • Refiere que en el punto III
    • Señala que los dos puntos expuestos demuestran falta de consideración, valoración y pronunciamiento y citan
    • Acusa falta de valoración y relación de las pruebas, añadiendo que mediante memorial adjuntó documentación
    • Acusa falta de fundamentación jurídica congruente, en toda la resolución bajo el criterio de justicia,
    • Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista
    • La actora contesta el recurso de los demandados en escrito de fs
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • En el Auto Supremo N° 721/2016 de 28 de junio se ha explicados sobre los
    • Ahora en cuanto a los elementos de la responsabilidad civil extracontractual, conforme a la doctrina
    • La antijuridicidad o ilicitud entendida como la constatación que generarse una conducta contraria a la
    • También forma parte de los elementos de la responsabilidad civil, el nexo de causalidad o
    • Para la concurrencia de la calificación de responsabilidad civil extracontractual deben concurrir los cinco elementos
    • Nuestra legislación en el artículo en estudio señala, sigue la responsabilidad extracontractual subjetiva, por dicho
    • Ahora bien, corresponde establecer de qué forma se responde por el daño causado; en ese
    • La reparación consiste en restablecer la situación al estado anterior a la generación del daño,
    • La indemnización, en cambio, consiste en pagar por los daños y perjuicios cuando resulta imposible
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1
    • El Ad quem refiere que la pericia fue la prueba que determinó la procedencia del
    • En lo demás la recurrente en forma genérica solicita se tome en cuenta la prueba
    • En este punto solo se evidencia infracción de la no consideración de la pruebas de
    • Del recurso de casación de CARPINPISO S.R.L
    • Respecto a la acusación que se omitió pronunciarse sobre las cinco apelaciones diferidas; corresponde señalar
    • En cuanto a la falta de pronunciamiento del recurso de reposición bajo alternativa de apelación
    • Respecto a la acusación de valoración de las pruebas, respecto a las literales de fs
    • Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
    • Se recomienda al personal de primera instancia cumplir con sus funciones de manera diligente, respecto
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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