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    Auto Supremo AS/0070/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0070/2017

    Fecha: 09-May-2017

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    • VISTOS: El Recurso de Nulidad y/o Casación de fs
    • En grado de apelación deducida por la parte actora, conforme al escrito cursante de fs
    • Contra la mencionada resolución, la parte actora formula Recurso de Nulidad y/o Casación, conforme al
    • Señala que la confesión provocada a la demandada, falsamente refiere que su persona estaría como
    • Refiere que se solicitó al Juez de primera instancia la inspección ocular para que se
    • Acusa que el Auto de Vista recurrido no hace una correcta valoración de las pruebas
    • Señala que el Auto de Vista recurrido no consideró lo dispuesto por los arts
    • Añade que su persona acepto cuidar el terreno y la empleadora aceptó que lo cuide,
    • Solicita que “Los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, modifiquen el Auto de Vista
    • Por su parte, la demandada responde al recurso formulado por la actora, bajo los siguientes
    • Que no precisa los principios que presuntamente no habrían sido valorados, como tampoco refiere las
    • Que el juez de la causa sí valoro lo señalado por los testigos de descargo,
    • En cuanto al recibo de anticresis presentado, acusándolo de falso entre otros términos, señala que
    • Que la parte recurrente, al referirse a mejoras en el terreno, aportes a la junta
    • Así formulado el Recurso de Casación, se ingresa a resolver el mismo tomando en cuenta
    • Es evidente que la recurrente cuestiona fundamentalmente la valoración probatoria desplegada por el Tribunal de
    • Revisado el Auto de Vista impugnado, se observa que los fundamentos por los cuales el
    • En ese sentido, se advierte que la Sentencia de primera instancia confirmada en apelación, estableció
    • Si bien es evidente que en materia laboral rigen principios protectores a los trabajadores, como
    • Lo anotado lleva a concluir que las autoridades que suscriben el Auto de Vista recurrido,
    • Por lo expuesto, se establece que el Recurso de Casación formulado por Julia Guarachi Condori
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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