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    Auto Supremo AS/0441/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0441/2017

    Fecha: 02-May-2017

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    • Partes: Tomasa Centellas Quevedo de Ordoñez. c/Alfredo Bohórquez Quevedo
    • Distrito: Oruro
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución de primera instancia que es apelada por el demandado a través de su representante
    • Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
    • Refiere que la parte actora en audiencia de confesión, habría declarado que el precio el
    • Por lo que interpone el presente recurso, solicitado al Tribunal Supremo de Justicia anule obrados
    • De la respuesta al recurso de casación
    • La demandante, se pronuncia respecto al recurso de casación a través de su apoderado legal
    • Asimismo refiere que es cuestionado el valor del inmueble, haciendo referencia a montos elevadísimos que
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Actualmente al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata
    • En este sentido, Eduardo J
    • De dicho antecedente, se infiere que “no hay nulidad sin perjuicio”, en ese sentido la
    • En efecto, en el Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de
    • En cambio en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos
    • Bajo esta concepción, las nulidades de los actos procesales serán procedentes cuando se constate irregularidades,
    • En ese orden, estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en
    • Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
    • III.2.- De los Principios que Rigen las Nulidades Procesales
    • La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • En correspondencia con lo normado por la Ley 025, el Código Procesal Civil - Ley
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • IV. DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESULUCIÓN
    • Al respecto corresponde señalar que del análisis del contenido de la demanda se tiene que
    • Sin embargo posteriormente es cuestionado el valor del inmueble objeto de litigio, mismo que
    • Es en ese entendido, para determinar la trascendencia o relevancia del vicio de procedimiento acusado,
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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