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    Auto Supremo AS/0188/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0188/2017

    Fecha: 17-Jul-2017

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    • I.1. Antecedentes del proceso
    • I.1.1. Sentencia
    • Que, tramitado el proceso por “Beneficios Sociales” seguido por Edgar Alex Colque Tolaba, contra Modesto
    • Ante tal determinación, ambas partes apelan la Sentencia
    • I.1.2.Auto de Vista
    • Interpuesto el Recurso de Apelación de fs
    • I.2.MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Al efecto el Tribunal de Alzada emite Auto de 2 de septiembre de 2016 concediendo
    • Modesto Flores Zenteno, acusa de falsa la conclusión del Tribunal de Alzada, en sentido que
    • Agrega que, conforme a la literal de fs
    • Sostiene también que al demandante sólo le corresponde los derechos consolidados del segundo período de
    • Aduce que esta afirmación le genera agravio en cuanto a sus recursos económicos, dado que
    • Manifiesta que el Auto de Vista no verificó ni valoró la prueba pues el actor
    • Refiere que de esta forma se transgredió la previsión contenida en el art
    • Explica que existió errónea apreciación de las pruebas de descargo, debido a que el Juez
    • De la fundamentación efectuada concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia CASE el Auto
    • Se refiere al Código Procesal del Trabajo, señalando que esta norma no admite Recurso de
    • Aduce que en las disposiciones finales del Código Procesal del Trabajo, en su art
    • Señala que al interpretar la norma citada anteriormente, el recurrente debe dar estricto cumplimiento a
    • Posteriormente se refiere a los argumentos que esgrime el recurrente en su Casación, haciendo énfasis
    • En aplicación del art
    • Acusa que, el demandado, conforme al art
    • Señala que en su demanda presentó una planilla de liquidación sobre los beneficios que le
    • Solicita se admita el recurso y como efecto del sereno análisis se anule la Liquidación
    • CONSIDERANDO II
    • En efecto, en los fundamentos se advierte que el recurrente no solo menciona expresamente sino
    • Sin embargo de lo anterior y aun considerando suficientes sus fundamentos, éste tribunal considera que
    • b)Si bien la literal de fs
    • c)Asimismo, la literal de fs
    • d)Conforme también a la literal de fs
    • Con base en lo expuesto, se concluye que los de instancia obraron en el marco
    • Por otra parte si bien el recurrente refiere que el empleado ocasionó gastos por pérdida
    • Al ser una determinación emitida por el Tribunal Constitucional, es de carácter vinculante, por lo
    • Sobre la nulidad parcial del Auto de Vista en cuanto al punto único de la
    • Por lo expuesto, toca resolver los Recursos de Casación y Nulidad parcial, aplicando la disposición
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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