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    Auto Supremo AS/0886/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0886/2017

    Fecha: 25-Ago-2017

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    • Proceso: Corrección, rectificación, nulidad y cancelación de inscripción de propiedad
    • Distrito: Santa Cruz
    • VISTOS: El recurso de casación de fs
    • II.1.- En el fondo
    • II
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • III.1.- Sobre la nulidad procesal
    • Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
    • Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
    • En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
    • El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
    • El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
    • El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
    • Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
    • Criterio ya sustentado en el A
    • III.2.- Respecto al derecho de motivación y fundamentación
    • III.3.- En relación a la pérdida de competencia por vencimiento de plazo para emitir resolución
    • De la revisión de obrados se conoce que el sorteo en el presente caso por
    • Complementando lo anterior, corresponde también referir que este Tribunal en el Auto Supremo Nº 336/2013
    • III.4.- Respecto a la jurisdicción y competencia agroambiental
    • El art
    • El arts
    • Por su parte, el art
    • En el Auto Supremo Nº 529/2013 de 21 de octubre, se ha razonado lo siguiente:
    • En consecuencia, la citada modificación, reconoce competencia a los jueces agrarios, para el conocimiento de
    • En la litis conforme a lo expuesto supra, se entiende que la actora busca declarar
    • En relación a lo anterior, en la SCP 1163/2016-s2 de 7 de noviembre, se indicó
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Ahora bien, de la prueba documental adjunta por David Elmer Torrico García, se conoce también
    • En esa relación, de los antecedente que cursan en obrados, se conoce que el predio
    • En ese antecedente podemos concluir refiriendo que los extremos demandados se constituyen en una acción
    • IV
    • Al respecto corresponde referir que el Tribunal de Alzada, al momento de examinar el interés
    • Al respecto, y conforme a la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos,
    • Conforme a la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos, la uniforme línea
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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