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    Auto Supremo AS/0935/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0935/2017

    Fecha: 29-Ago-2017

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    • Partes: Marela Isabel Lozano Anachuri de Calderón y otros. c/Ángela Yuca
    • Distrito: La Paz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Deducidos el recurso de apelación por la parte demandante principal y remitida la misma ante
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Que al establecerse que se dispuso la citación al Gobierno Municipal de La Paz y
    • Que la nulidad dispuesta por no integrarse al Gobierno Municipal seria incorrecta improcedente e injusta
    • Por lo que Solicita al Tribunal Supremo de Justicia pronuncie Auto Supremo anulando el Auto
    • Los demandantes principales en su respuesta al recurso de casación, señalaron que el recurso no
    • La Ley Nº 025 en su art. 16 establece lo siguiente
    • Es en este entendido, siendo que la normativa antes analizada hace referencia a que uno
    • En atención a lo mencionado, se infiere que uno de los elementos de la garantía
    • En ese sentido, el art
    • En consecuencia, al ser el derecho a la defensa un derecho fundamental que tienen todos
    • Por lo que, el derecho de toda persona de ser citado y oponerse ante una
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Al respecto corresponde precisar que de la revisión de obrados se tiene que el Juez
    • Ante dicho reclamo, corresponde señalar que si bien el Gobierno Municipal de La Paz fue
    • Por otra parte en cuanto al reclamo referente a que el Gobierno Municipal de La
    • Por otra parte, respecto a que el mismo Gobierno Municipal habría advertido que no se
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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