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    Auto Supremo AS/0943/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0943/2017

    Fecha: 29-Ago-2017

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    • Proceso: Nulidad del Contrato de Venta, cancelación del protocolo notarial y registro en Derechos Reales
    • Distrito: Tarija
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra la referida Sentencia Luis Alberto Sánchez Shimura, interpuso recurso de apelación cursante de
    • II. DEL CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
    • 3
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Asimismo indica que la valoración de la prueba es incensurable en casación, por cuanto no
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado en el Auto Supremo No
    • En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
    • Por otra parte la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
    • El ajustarse a la verdad material, genera la primacía de la realidad de los hechos
    • III.2.- Respecto a la confesión
    • Con relación al tema el art
    • El Autor boliviano Eduardo Carlos Centellas Ramos en su libro “la prueba judicial” en
    • Con relación al tema se ha orientado en el Auto Supremo No 8/2014 de
    • La confesión judicial o declaración de parte, es un medio de prueba esencial porque tiene
    • Si bien en el ámbito nacional no se desarrolló una específica jurisprudencia respecto a
    • III.3.- De la prueba pericial
    • Ahora bien, entre los medios legales de prueba que el Código de Procedimiento Civil reconoce,
    • De ahí que, según Herrera Áñez, que es citado por Eduardo Carlos Centella Ramos en
    • De igual forma corresponde referirnos a la naturaleza jurídica de la prueba pericial, al respecto
    • En nuestra legislación la prueba pericial, conforme prevé el art
    • De esta manera, y concordante con estos tres puntos, ya el Auto Supremo Nº 102/2013
    • III.4.- De la Acción mejor derecho propietario
    • Al respecto, corresponde señalar que el art
    • La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, ha orientado en el Auto Supremos Nº 588/2014
    • En este mismo sentido se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 408/2015 de
    • Ahora bien, en cuanto al segundo presupuesto resulta conveniente citar lo razonado en el Auto
    • Este mismo Auto Supremo Nº 648/2013 de 11 de diciembre citando el Auto Supremo Nº
    • Siguiendo con el análisis, resulta importante determinar el antecedente del dominio por cuanto es desde
    • Ahora bien, es posible que en este análisis del tracto sucesivo de ambos contendientes, no
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Asimismo conforme lo referimos en la doctrina aplicable en el punto III
    • Si bien resulta cierto que el Tribunal Ad quem no solo consideró esta prueba como
    • En cuanto a que el Tribunal de Alzada, valoró la certificación de Impuestos Nacionales
    • Asimismo conforme al principio de verdad material desarrollado en el punto III
    • En cuanto a la demanda reconvencional planteada por el demandado reconvencionista, Edwin Sossa Hoyos,
    • En cuanto a la respuesta del recurso de casación debemos decir que en lo
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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