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    Auto Supremo AS/0680/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0680/2017-RRC

    Fecha: 08-Sep-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 13 de junio de 2016, cursante de fs
    • a)Por Sentencia 9/2014 de 9 de abril (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 401/2017-RA de 30 de mayo,
    • 1)La parte recurrente haciendo cita de los arts
    • 2)Arguye también, que al agravio de inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, el
    • errónea aplicación de la ley sustantiva, concluyendo que la Sentencia no incurre en las causales
    • 3)Asimismo, señala que con relación a los motivos tercero y cuarto de su alzada sobre
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado estableciendo la doctrina
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 401/2017-RA de 30 de mayo, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • II.2.De la apelación restringida del Ministerio Público
    • La representante del Ministerio Público, denunció la existencia de los siguientes defectos en la Sentencia
    • 342 del CPP, el tráfico de sustancias controladas y mal se podría dejar de valorar
    • iii) Infracción al inc
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dictó el Auto de
    • del CPP, sin identificar cuáles son las circunstancias puntuales por las que determina que existe
    • En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia [ inc
    • Adicionalmente, el Tribunal de alzada verificó la existencia del elemento óntico (fáctico) en Sentencia, al
    • En el caso presente, el Ministerio Público plantea recurso de casación denunciando que el Tribunal
    • III.1. De los precedentes invocados
    • El recurrente invocó los siguientes autos supremos
    • También el Auto Supremo 131 de 31 de enero de 2007, pronunciado en un proceso
    • delito, constituye una violación al debido proceso, en su elemento del derecho a la defensa
    • III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • El art
    • Orlando A
    • El mismo autor citando a Joan Pico I Junoy, manifiesta que la motivación cumple las
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • El vicio de incongruencia como desajuste entre el fallo judicial y los términos en los
    • d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
    • e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • III.3. Análisis del recurso planteado
    • En el caso de autos la parte recurrente denuncia que: i) El Auto de Vista
    • En cuanto a las denuncias de que: ii) Frente al agravio de inobservancia y errónea
    • En cuanto a la denuncia de la incursión de la causal 6 del art
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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