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    Auto Supremo AS/0009/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0009/2018

    Fecha: 23-Ene-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandado : Empresa Minera La Solución LTDA
    • I
    • Rechazando por Autos de 23 de enero de 2015 (fs
    • II.1.1.- En el la forma
    • Situación similar ocurrió al no “substanciar” la inspección, que fue propuesta en plazo y sin
    • Denunció también que el Auto de Vista, incurrió al momento de valorar la prueba, en
    • Afirma que en una relación civil, sometida a “dirimisión”, al estar constitucionalmente protegida, pueda desmerecerse
    • En el caso presente, el tribunal de alzada incurre en errores, desvíos de las leyes
    • 2
    • El tribunal de alzada prescindió de la misma, alegando que se había instrumentalizando la impersonería
    • Alega que si bien, no se puede argumentar falta de personería, al no existir fallo
    • Por ello, en el caso, evidenciándose el incumplimiento de normas procesales, se abre la posibilidad
    • II.1.2.- En el fondo
    • Fundamenta que si bien la causal de despido prevista en el art
    • En el caso presente, si bien se reconoció por el juez, que existió abandono de
    • Concluyó el memorial solicitando que se tenga presentado el recurso y se conceda, remitiendo el
    • Dándose por notificados con el memorial de recurso de casación, citaron y transcribieron los arts
    • III
    • Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 1743 a 1749 vta
    • Por consiguiente corresponde estimar la nulidad de obrados, cuando se identifica claramente que en la
    • Por otra parte, respecto de la aplicación de las normas sustantivas previstas por el Código
    • Por último, en materia laboral, en aplicación de los arts
    • Fundamentación del caso concreto: En el caso presente se ha alegado dos causales de nulidad
    • Estas normas, conforme se tiene puntualizado líneas arriba, se pueden considerar en el marco de
    • En ese entendido, respecto del primer argumento contenido en el recurso sobre el presunto rechazo
    • En el caso presente, revisando el expediente, se advierte que la Relación Procesal fue determinada
    • Por otra parte, también se advierte que en el otrosí 1º del escrito de fs
    • Esta determinación judicial, tampoco fue objetada ni cumplida por la representación de la empresa demandada,
    • Ahora el recurrente pretende que en mérito a los documentos de reciente obtención aparejados al
    • Por otra parte, se establece, previa revisión minuciosa del expediente que la aludida impersonería no
    • Este aspecto, tampoco amerita la nulidad de obrados, porque se trata de un aspecto procesal
    • Doctrina legal aplicable
    • Sin embargo, en aplicación del art
    • Fundamentación del caso concreto: En el caso presente se ha alegado como causal de casación
    • Revisando detenidamente el expediente, se advierte que es evidente que existió un abandono masivo
    • Por consiguiente, al se establece que en el curso del proceso se evidenció el abandono
    • IV
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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